Micelio
Auto26 de septiembre de 2001

A- de 2001

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Dany Alexis Perlaza Montero

Tema · dato duro
Conflicto Negativo De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
Conflicto De Competencia De Tutela
  • Jueces de una misma jurisdicción y distintos distritos judiciales
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se abstuvo de resolver el conflicto de competencias suscitado entre el Juzgado Diecisiete Penal del Circuito de Cali y el Juzgado Treinta y Cuatro Penal del Circuito de Bogotá, toda vez que los conflictos de competencia que se susciten entre autoridades de la jurisdicción ordinaria que tengan distinta especialidad jurisdiccional y que pertenezcan a distintos distritos, serán resueltos por la Corte Suprema de Justicia en la respectiva Sala de Casación que de acuerdo con la ley tenga el carácter de superior funcional de las autoridades en conflicto, y en cualquier otro evento por la Sala Plena de la Corporación.

En consecuencia, se remite el expediente a la citada Corte para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. ABSTENERSE de resolver el conflicto de competencias suscitado entre el Juzgado Diecisiete Penal del Circuito de Cali y el Juzgado Treinta y Cuatro Penal del Circuito de Bogota.
  2. Segundo. DECLARAR que la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Penal, es la autoridad competente para decidir el conflicto de competencias suscitado entre el Juzgado Diecisiete Penal del Circuito de Cali y el Juzgado Treinta y Cuatro Penal del Circuito de Bogota.
  3. Tercero. REMITIR, por medio de la Secretaria General de esta Corporacion, el expediente a la Corte Suprema de Justicia, para lo de su competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.